TemaTRATADO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
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El propósito de este taller es que los estudiantes reconozcan las diferentes normativas a nivel nacional e internacional que se han generado para la defensa de los derechos humanos.

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Tratado internacional de derechos humanos

¿Quién y cómo se hace justicia para los que sufren o

Han sufrido vulneración de sus derechos?

El movimiento internacional de los derechos humanos se fortaleció con la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Redactada como “un ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse”, en la Declaración, por primera vez en la historia de la humanidad, se establecen claramente los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos de los que todos los seres humanos deben gozar. A lo largo de los años lo establecido en la Declaración ha sido ampliamente aceptado como las normas fundamentales de derechos humanos que todos deben respetar y proteger. La Declaración Universal, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos protocolos facultativos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, forman la llamada “Carta Internacional de Derechos Humanos”. Una serie de tratados internacionales de derechos humanos y otros instrumentos adoptados desde 1945 han conferido una base jurídica a los derechos humanos inherentes y han desarrollado el conjunto de derechos humanos internacionales. En el plano regional se han adoptado otros instrumentos que reflejan las preocupaciones específicas en materia de derechos humanos de la respectiva región, y en los que se establecen determinados mecanismos de protección. La mayoría de los Estados también ha adoptado constituciones y otras leyes que protegen formalmente los derechos humanos fundamentales. Si bien los tratados internacionales y el derecho consuetudinario forman la columna vertebral del derecho internacional de derechos humanos, otros instrumentos, como declaraciones, directrices y principios adoptados en el plano internacional contribuyen a su comprensión, aplicación y desarrollo. El respeto por los derechos humanos requiere el establecimiento del estado de derecho en el plano nacional e internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que los Estados deben respetar. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. L a obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a adoptar medidas y leyes internas compatibles con las obligaciones y deberes dimanantes de los tratados. En caso de que los procedimientos judiciales nacionales no aborden los abusos contra los derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos en el plano regional e internacional para presentar denuncias o comunicaciones individuales, que ayudan a garantizar que las normas internacionales de derechos humanos sean efectivamente respetadas, aplicadas y acatadas en el plano local.

El seguimiento de los principales tratados de derechos humanos



¿Qué son los órganos de tratados?

Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos son comités de expertos independientes que han recibido un mandato para supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Cada Estado Parte en un tratado tiene la obligación de adoptar medidas para velar por que todas las personas de ese Estado puedan disfrutar de los derechos estipulados en el tratado. Hay diez órganos de tratados de derechos humanos compuestos de expertos independientes de notoria competencia en la materia, que son postulados y elegidos por los Estados Partes para desempeñar mandatos de plazos fijos, renovables cada cuatro años.

¿Qué tratados supervisan estos órganos?

1.El Comité de Derechos Humanos (CCPR, por sus siglas en inglés) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) y sus protocolos facultativos.

2.El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR) supervisa la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966);

3.El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial (1965);

4.El Comité Para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979) y de su protocolo facultativo (1999);

5.El Comité contra la Tortura (CAT) supervisa la aplicación de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (1984);

6.El Comité de los Derechos del Niño (CRC) supervisa la aplicación de la Convención sobre los derechos del niño (1989) y de sus protocolos facultativos (2000);

7.El Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CMW) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990);

8.El Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) supervisa la aplicación de la Convención internacional sobre los derechos de las personas con disca pacidad (2006);

9.El Comité contra las Desapariciones Forzadas (CED) supervisa la aplicación de la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2006); y

10.El Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (SPT), establecido de conformidad con las disposiciones del Protocolo Facultativo de la Convención contra la tortura (OPCAT) (2002), se encarga de visitar los lugares de detención en los Estados Partes para prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Los órganos de tratados se reúnen en Ginebra (Suiza). Todos los órganos de tratados cuentan con el apoyo de la División de Tratados de Derechos Humanos del ACNUDH, con sede en Ginebra.

Protesta Social y Derechos Humanos: Estándares Internacionales y Nacionales

En virtud de sus mandatos de promoción y protección de los derechos humanos, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Oficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) presentan esta compilación de los principales estándares nacionales e internacionales relacionados con el ejercicio del derecho a la protesta social. El derecho a la protesta social es una conjugación que se desprende del derecho a la libertad de expresión y del derecho a reunión, ambos reconocidos en una serie de tratados internacionales de derechos humanos, tanto del sistema universal como interamericano de protección de los derechos humanos. Asimismo, los órganos encargados de la interpretación y seguimiento al cumplimiento de dichos instrumentos se han preocupado de desarrollar el sentido y alcance del derecho a la protesta, tal como se evidencia en los documentos recopilados para este texto. Se incorporan también al presente documento aquellos estándares internacionales en derechos humanos relacionados con las reacciones que puede tener un Estado ante las protestas sociales, como el uso excesivo de la fuerza, las detenciones arbitrarias y la tortura y malos tratos, en tanto afectan directamente a derechos reconocidos en los tratados internacionales de derechos humanos.

Estado

El Estado es una forma de organización política que cuenta con poder administrativo y soberano sobre una determinada zona geográfica. Esta organización política se constituye en un determinado territorio y tiene el poder de ordenar y administrar la vida en sociedad. También se denomina Estado al conjunto de instituciones que tienen la finalidad de administrar los asuntos públicos. Además de conocer el concepto y significado de Estado, conviene conocer algunas magnitudes económicas de interés:

Gasto público.

Ingreso público.

Dependiendo de lo mucho o poco que ingrese o gaste el Estado se considerará que el sistema económico que aplica es más o menos intervencionista. Cuando mayor sea la influencia del Estado en la economía, más intervencionista será. Y, al revés, cuanto menos influya, más liberal se le considerará.

Elementos del Estado

El Estado tiene tres elementos básicos: población, territorio y poder.

Población: Es el conjunto de personas que viven en el Estado. En algunos casos puede compartir entre ellos la raza o creencia religiosa, pero esto no es un requisito.

Territorio: Es el espacio físico o área geográfica donde vive la población. Puede ser continuo o discontinuo, insular o continental, pero siempre con carácter permanente.

Poder: Se refiere a la capacidad del Estado de organizar a la población y al territorio

Poderes del Estado:En los Estados modernos existen tres poderes diferenciados: legislativo, ejecutivo y judicial.

Legislativo: Encargado de elaborar las leyes que rigen el Estado

Ejecutivo: Es el encargado de administrar el Estado. En un régimen presidencialista este poder recae en el Presidente. En un régimen parlamentario, este poder lo ejerce el rey o presidente que cumple la función de jefe del Estado o un primer ministro que preside el gobierno.

Judicial: Encargado de administrar la justicia y hacer cumplir la ley.

Estos tres poderes deben ser independientes entre sí. De esta forma, un poder no controla a los otros. Asimismo, se les puede diferenciar por los distintos encargos que deben cumplir, pues el Estado tiene la función de legislar (elaborar leyes), ejecutar (llevar a cabo la administración estatal) y enjuiciar (a través del poder judicial).

Justicia

La definición de justicia va relacionada a los valores que se inculcan en la sociedad, mismos que buscan un bien común para todos los ciudadanos. No se trata de una ley que pueda regular el comportamiento de los sujetos en todo el planeta, sino de un precepto que parta de la premisa de otorgarle a cada quién lo que realmente se merece de acuerdo a sus actos y comportamientos. La imparcialidad también es conocida como una equidad, forma parte del derecho y es representada por la diosa de la justicia. Lo que se conoce como la justicia conmutativa se basa en un principio de reciprocidad y exige dar en contraprestación un equivalente proporcional. Por otro lado, la distributiva, que hace referencia a la solidaridad e igualdad entre todos los humanos, lo que es justo, lo que es para todos y que debe ser repartido como tal para cumplir con este principio.

Tipos de justicia

Existen cuatro enfoques o formas de aplicar la justicia:

Justicia distributiva

Se basa en la distribución equitativa de la riqueza o recursos, de tal manera que todos los ciudadanos se vean beneficiados. Se trata de una forma de administrar la justicia que proviene del pensamiento aristotélico y cuya aplicación ha resultado controversial en la práctica, dado que no hay unanimidad sobre los criterios que se deben considerar para que dicha distribución sea de provecho para todos los involucrados. Para algunos autores, debe privar la equidad (que cada persona obtenga la riqueza que merece según su esfuerzo). En otros casos, prevalece el concepto de igualdad (todos las personas deben obtener la misma cantidad), mientras que otros autores creen que la riqueza debe distribuirse en mayor cuantía en los casos de mayor necesidad.

Justicia restaurativa

Este tipo de justicia se concentra en el bienestar de la víctima más que en el castigo del victimario. En este sentido, lo que se busca es reparar de forma material o simbólica el daño causado. Según este enfoque, víctima y victimario deben involucrarse en la búsqueda de justicia. Para ello, el victimario debe entender y reconocer el daño que ha causado. Un ejemplo de justicia restaurativa son los Programas de Reconciliación Víctima y Ofensor (Victim-Offender Reconciliation Programs), establecidos en comunidades de Estados Unidos y Canadá en los que las partes involucradas se reúnen, hablan sobre los sucedido y la manera en la que les afectó, y acuerdan la forma de restaurar el daño causado.

Justicia procesal

Este tipo de justicia establece normas y reglas que deben ser respetadas por todas las personas por igual, y establece sanciones de diversa índole en caso de que los ciudadanos incurran en falta. Para ejercer este tipo de justicia es necesario tener un criterio imparcial, mientras que para ser procesado por ella se requiere la representación de un experto en la materia, es decir, un abogado. La administración de la justicia procesal se lleva a cabo en los tribunales y en los organismos creados por el Estado para tal fin.

Justicia retributiva

La justicia retributiva establece que cada persona debe ser tratada de misma forma en la que trata a otros, por lo tanto, al incurrir en una falta debe ser castigada. Lo que se espera de este tipo de justicia es que el efecto retroactivo persuada a otras personas de incurrir en delitos. Un ejemplo de justicia retributiva serían las violaciones a los derechos humanos, en los que si bien no siempre los perpetradores reciben el castigo de manera inmediata, eventualmente son castigados por la justicia local o por organismos internacionales.

Las principales organizaciones e instituciones defensoras de los Derechos Humanos

https://www.lifeder.com/organizaciones-derechos-humanos/

Ingresa a la anterior página electrónica y lee sobre cada una de las siguientes instituciones defensoras de los derechos humanos y elige a las instituciones que durante este tiempo de emergencia sanitaria deben estar trabajando o atendiendo la situación junto a los Estados afectados con alto índice de violación de los derechos humanos y por la pandemia. Explica tu respuesta.

1- Amnistía Internacional.

2- Centro de Acción de los Derechos Humanos.

3- Centro Simón Wiesenthal.

4- El Fondo para la Defensa de los Niños (CDF)

5- Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)

6- Human Rights Watch.

7. Organización de las Naciones Unidas.( ONU)

8. Organización mundial de la salud.

9. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencias y la Cultura (UNESCO)

Ejercicios

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  • 1.¿Crees que las protestas por reclamar los derechos humanos y una vida digna se justifican? Y ¿por qué?
  • 2.¿Existe una institución o legislaciónque apoye este tipo de protestas?

Respuestas para socializar en clase virtual.

Taller

  • 1.Investigar la bibliografía de Nelson Mandela en Colombia aprende.

Escribe un texto donde explique el contenido de la página sobre el derecho a la manifestación pacíficafrente a la realidad colombiana en cuanto: a las protestas de movimientos sociales y sindicatos conacciones de violencia o por la faltaatención de los gobiernos en la entrega de alimentos a lapoblación vulnerable colombiana durante este confinamiento.

  • 2.Consulta en la Constitución Política de Colombiay escribe decuál título y capitulo hace parte el artículo 37.
  • 3.Cuál es la diferencia entre estado y gobierno.
  • 4.Cuál es la función del ministerio de justicia y del derecho?
  • 5.¿qué es el Consejo Superior de la Judicatura?
  • 6.¿Quién se encarga de los derechos humanos?
  • 7.Dibuje una caricatura sobre algún artículo relacionado a los derechos humanos.
  • 8.Se cumple el art.23 de los derechos humanos en su municipio o localidad y a nivel nacional como lo esta observando. Justifique su respuesta.

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ActividadNombreFecha de ingresoFecha de actualizaciónNúmero de ingresosAñoCursoSubreporte
2570ARANGO SANCHEZ JUAN DIEGO2020-10-27 14:43:402020-10-27 14:43:4012020Propósito
2570ARANGO SANCHEZ JUAN DIEGO2020-10-27 14:43:422020-10-27 14:43:4212020Motivación
2570ARANGO SANCHEZ JUAN DIEGO2020-10-27 14:43:442020-10-27 14:43:4412020Explicación
2570ARANGO SANCHEZ JUAN DIEGO2020-10-27 14:43:562020-10-27 14:43:5612020Ejercicios
2570ARANGO SANCHEZ JUAN DIEGO2020-10-27 14:44:052020-10-27 14:44:0522020Evaluación
2570CASTRO NEUSA JUAN JOSE2020-08-31 12:17:542020-08-31 12:18:2422020Propósito
2570CASTRO NEUSA JUAN JOSE2020-08-31 12:19:212020-08-31 12:19:2112020Evaluación
2570CASTRO NEUSA JUAN JOSE2020-08-31 12:19:262020-08-31 12:19:2612020Foro
2570CIFUENTES VARGAS JOSE SANTIAGO2020-08-30 20:54:502020-08-30 20:54:5012020Explicación
2570CIFUENTES VARGAS JOSE SANTIAGO2020-08-30 20:54:532020-09-15 14:38:1132020Ejercicios
2570CIFUENTES VARGAS JOSE SANTIAGO2020-09-15 16:40:352020-09-15 16:40:3512020Evaluación
2570DIAZ ROMERO KAROL VALENTINA2020-08-27 17:13:542020-08-27 17:13:5412020Propósito
2570DIAZ ROMERO KAROL VALENTINA2020-08-27 17:14:112020-08-27 17:14:1112020Motivación
2570DIAZ ROMERO KAROL VALENTINA2020-08-27 17:14:142020-08-27 17:14:1412020Explicación
2570DIAZ ROMERO KAROL VALENTINA2020-08-27 17:15:592020-08-27 17:15:5912020Evaluación
2570DIAZ ROMERO KAROL VALENTINA2020-08-27 17:16:022020-08-27 17:16:0322020Tarea